Preguntas Frecuentes​

¿Qué es un Fideicomiso? Ley 189-11 artículo 3:

El fideicomiso es el acto mediante el cual una o varias personas, llamadas fideicomitentes, transfieren derechos de propiedad u otros derechos reales al fiduciario, para la constitución de un patrimonio separado y autónomo, llamado patrimonio fideicomitido, cuya administración de la fiducia será realizada apegada a las instrucciones específicas recibidas por los fideicomitentes, a favor de los beneficiarios o fideicomisarios.

Características del Fideicomiso

  • No tiene personalidad jurídica (aunque sí es un contribuyente).
  • Puede servir a cualquier propósito legal.
  • Se presume irrevocable.
  • Contiene bienes de cualquier naturaleza.
  • Constituye un patrimonio separado.
  • Se constituye por escrito y ante notario.
  • Posee un régimen de publicidad registral que lo hace oponible a terceros.

¿Qué es una fiduciaria?

Las fiduciarias son entidades jurídicas constituidas por ley, cuyo propósito exclusivo es fungir como administrador de los bienes o derechos que recibe del fideicomitente para la creación de un patrimonio separado. Las obligaciones del fiduciario surgirán fundamentalmente de lo que estipule el contrato de fideicomiso.

Funciones de una fiduciaria

  • Manejar y mantener los bienes separados de los suyos y de los fideicomisos que administre.
  • Rendir cuentas al fideicomitente o fideicomisario, según corresponda.
  • Administrar con prudencia, diligencia y cuidado, los bienes que conforman el patrimonio del fideicomiso.
  • Disponer de los bienes y ceñirse al contrato en su administración.
  • Transferir los bienes del fideicomiso a quien corresponda.
  • Defender los bienes del fideicomiso.
  • No garantizar resultados o rendimientos.
  • No delegar sus funciones.
  • No apropiarse del fideicomiso.
  • No realizar actos en beneficio de sus administradores.
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