Preguntas Frecuentes
¿Qué es un Fideicomiso? Ley 189-11 artículo 3:
El fideicomiso es el acto mediante el cual una o varias personas, llamadas fideicomitentes, transfieren derechos de propiedad u otros derechos reales al fiduciario, para la constitución de un patrimonio separado y autónomo, llamado patrimonio fideicomitido, cuya administración de la fiducia será realizada apegada a las instrucciones específicas recibidas por los fideicomitentes, a favor de los beneficiarios o fideicomisarios.
Características del Fideicomiso
- No tiene personalidad jurídica (aunque sí es un contribuyente).
- Puede servir a cualquier propósito legal.
- Se presume irrevocable.
- Contiene bienes de cualquier naturaleza.
- Constituye un patrimonio separado.
- Se constituye por escrito y ante notario.
- Posee un régimen de publicidad registral que lo hace oponible a terceros.
¿Qué es una fiduciaria?
Las fiduciarias son entidades jurídicas constituidas por ley, cuyo propósito exclusivo es fungir como administrador de los bienes o derechos que recibe del fideicomitente para la creación de un patrimonio separado. Las obligaciones del fiduciario surgirán fundamentalmente de lo que estipule el contrato de fideicomiso.
Funciones de una fiduciaria
- Manejar y mantener los bienes separados de los suyos y de los fideicomisos que administre.
- Rendir cuentas al fideicomitente o fideicomisario, según corresponda.
- Administrar con prudencia, diligencia y cuidado, los bienes que conforman el patrimonio del fideicomiso.
- Disponer de los bienes y ceñirse al contrato en su administración.
- Transferir los bienes del fideicomiso a quien corresponda.
- Defender los bienes del fideicomiso.
- No garantizar resultados o rendimientos.
- No delegar sus funciones.
- No apropiarse del fideicomiso.
- No realizar actos en beneficio de sus administradores.
